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domingo, 6 de abril de 2008

Con ira y estudio

El ministerio de Defensa descarta, pese a que sospecha de su existencia, buscar más fosas comunes en la radicación de la Brigada Paracaidista de Alcalá de Henares. Así se lo han comunicado a un representante de la Fundación Andreu Nin. http://www.abc.es/hemeroteca/historico-04-04-2008/abc/Nacional/defensa-admite-que-puede-haber-mas-fosas-en-alcala-pero-descarta-buscarlas_1641766382341.html

Y el caso es que esto se me antoja como contrario a la propia ley 52/2007, conocida como de la Memoria Histórica. http://www.mpr.es/NR/rdonlyres/D03898BE-21B8-4CB8-BBD1-D1450E6FD7AD/85567/boememoria.pdf

A Leopoldo von Ranke se le considera el padre del saber histórico científico. En su pretensión de hacer una historia apolítica echó manos de la filología como herramienta de la ciencia histórica. La pretensión de Ranke se cristalizaba en un dogma: sine ira et studio. Que la historia debe hacerse sin odio y sin amor. ¿Es esto una quimera?. Parece que sí.

Muy pronto un contemporáneo y sucesor suyo, el gran Teodoro Mommsen, le señaló que ese dogma era inaceptable. Que cada generación reconstruye significativamente el pasado. Que ve con gafas nuevas lo anterior. Y así el gran Mommsen procede a escribir una monumental Historia de Roma desde una visión liberal que era precisamente el ideario político de la segunda mitad del siglo XIX. Luego asistiremos a ver todo esto en clave de lucha de clases.

Así que de una historia sine ira et studio pasamos a otra cum ira et studio. Esta sería la tarea del historiador: contextualizar el pasado en nuestro presente. Algo que puede ser pedagógico ciertamente; pero si a esto unimos las decisiones de la política tendremos servido un cocktail especial que contradiría una mínima exigencia científica.

sábado, 1 de marzo de 2008

Voluntad de engañar




En 1898 el magnate norteamericano de la prensa, W.Randolph Hearst, provocó tal estado de opinión, que condicionó al Presidente McKinley a declarar la guerra a España por el asunto del Maine.

La tensión y dramatización alrededor de lo que interesadamente se presentó como una acción criminal secreta de España crearon todo un clima irracional que formaron una opinión pública necia.

Ante la necedad estamos indefensos. Contra el mal podemos defendernos argumentando razones. Pero el prejuicio no atiende a realidades. La necedad es antes un problema sociológico que psicológico. El Poder necesita de necios que abdiquen de su independencia interna y sean entonces postes de repetición de tópicos y consignas. Entonces la necedad no podrá ser contrarrestada intelectualmente mediante razones, sino a través de la liberación externa que permita una liberación interna donde se recupere la voluntad hechizada.

El video es la escena de euforia por entrar en guerra con España en la película Ciudadano Kane de Orson Welles. Y la reflexión sobre la necedad extraida del libro Resistencia y sumisión de Dietrich Bonhoeffer.


domingo, 10 de febrero de 2008

¿Impuestos locales sobre la propiedad o sobre el ingreso?. ¿Es justa nuestra fiscalidad local?. ¿Qué dicen los programas electorales?.

Dos recaudadores de impuestos. Marinus Reymerswaele (siglo XVI)

La Dirección General del Catastro nos está alegrando nuestro bolsillo, en medio de la incertidumbre económica, de la próximas elecciones y de la cuesta de Enero y del desfiladero de Febrero. Es como la crónica de una catástrofe anunciada.

El motivo de nuestra felicidad y dicha, no es otro que la comunicación de los nuevos valores de nuestras viviendas y demás bienes inmuebles.

Eso sí, nos consuelan con un prorrateo de la subida durante los próximos diez años, para que el impacto no sea del todo mortal; pues de todos es sabido que por ahora los fiambres no tributan tanto; sobretodo los que son incinerados que no contribuyen nada de tan quemados que están; a diferencia de los que duermen gratis en el campo santo, a los que se les amenaza con depositarlos en el osario común, a poco que no sigan pagando las tasas de su eterno resort en el complejo multiservicios Rascayú cuando mueras que haras tú.

Estas nuevas cuantificaciones tienen una transcendencia fundamental en los impuestos que toman a las propiedades sobre inmuebles como elemento objetivo de su hecho imponible (los más conocidos serían el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el ITAJD -transmisiones-; y el propio IRPF en el apartado de imputaciones).

Como la vivienda no es un bien líquido (y si no que se lo digan a quienes ahora intentan venderla) del que recaudar una parte (como pasa con los rendimientos del trabajo por ejemplo); es necesario entonces medir su valor en dinero para apartir de aquí, aplicar un multiplicador que nos dirá la leche (la cuota láctea) que pagaremos; tras el ordeño fiscal de esta ubre profusamente utilizada por nuestros legisladores financieros, ¡tan lúbricos ellos! cuando se trata de manosear nuestras sensibles mamas; luego se quejan de que les llamen no sé si cariñosamente mamones.

Los que no están familiarizados con el derecho tributario, no siempre son conscientes que esta graciosa estimación es algo que incluso puede llegar a desnaturalizar o desvirtuar el propio principio de capacidad económica. Es decir el mandato constitucional de contribuir a los gastos comunes en función de nuestra riqueza; debiendo pagar más el que más gana, tiene o consume y menos el que va por el otro sentido (aunque tal vez no sienta nada, porque si no gana, no tiene y no consume pues mala cosa: al complejo de Rascayú).

Por poner un ejemplo de libro. En el IRPF algunos pequeños comerciantes se acogen al sistema de medición por módulos por ahorrarse un contable; sistema que prescinde desde el principio de medir el real beneficio obtenido por su explotación; y donde se allanan a unas tablas objetivas que son el resultado de unos estudios económicos sectoriales que hace la Agencia Tributaria. O sea, ésta se abstiene de medir lo ganado o lo perdido a la hora de liquidar o de verificar una autoliquidación del contribuyente; simplemente se limita a controlar toda una serie de parámetros (consumo eléctrico, superficie de la explotación, etc.). La consecuencia de esto es que algunas bolsas de dinero negro se han lavado al incorporarse esas ganancias fraudulentas como ganancias de los módulos (vamos lo que pasa con algunos que siempre les toca la lotería de navidad) y que algún que otro ceporrillo paga de más (se les nota por su cara agriada); y otros pagan de menos (transmiten una gran felicidad, a pesar de que los muy descarados se quejan con la boca pequeña de que pagan mucho).

Pero centrémonos en las meritadas valoraciones catastrales. Decir, antes que nada, que son mediciones hechas en plan masivo (por aquí decimos, al estilo juan diego; que debió ser un tipo algo grosero por lo que barrunto). Y es que no es un perito tasador el que comprueba in situ nuestra casa (por dentro y por fuera). No; es una medición de libro; de oficina catastral. Un grupo de funcionarios (no sé si antes o después de desayunar) despliegan un mapa del municipio y empiezan (de acuerdo con unos criterios objetivos) a poner valores al suelo urbano.Es lo que se llama Ponencia de Valores (sobretodo por lo que nos pone a los ciudadanos), que se publica (una vez confeccionada) en el boletín oficial de la provincia respectiva, para sus posibles impugnaciones por los aficionados a leer tan distraidas y entretenidas gacetas. Todo ello con el agravante de ser tal documento demasiado técnico.

Pues bien; lo que hemos recibido estos días es la concreción del valor de nuestra vivienda en atención a la referida Ponencia; con lo que nuestro margen de defensa (no habiéndola impugnado) es bien escaso. Se podría denominar la comunicación de las lentejas (pagas en su momento o sino luego te embargan y despues te quejas). Únicamente se limitaría a verificar si ha habido una perfecta subsunción de nuestro suelo y edificación construída en el referido galimatías hecho por los arquitectos catastrales.

Como uno va ya teniendo edad, recela (porque es desgraciadamente un mal pensado ya que suele entablar conversación con gentes de izquierda que le han trastocado de su prístina bondad), que el momento que ha escogido el Catastro (Ministerio de Hacienda) es significativo (en pleno período electoral). Me explico: Las valoraciones van a afectar a un impuesto muy popular (el IBI), que aunque es de titularidad y diseño estatal es gestionado por nuestros ayuntamientos (de hecho es su principal fuente de recursos). Estos, en la mayoría de las ciudadades importantes son del PP. Pues bien; la Administración Central del Estado en pleno debate electoral sobre impuestos y su rebaja, comunica a los ciudadanos una orientación (esta sí que es polémica y no otras) sobre lo que les va a cobrar en este año. Así de golpe y porrazo se han encontrado los Ayuntamientos con esta patata caliente; y el único margen de maniobra que tienen es bajar el multiplicador, retrasar o fraccionar su pago; pero la ponencia la pone el Catastro (pues son ellos muy puestos).

Estamos hablando de una subida por encima de la inflacción prevista. Un botón de muestra. Mi vivienda: Año 2007 - 457,37 euros; Orientación para el Año 2008 - 507,07 euros.

Ya me he cabreado. El consultar los datos ya me ha puesto de mal humor.

Yo, fuera de bromas, soy un defensor de una potente Hacienda Pública. Creo que es básica para en primer lugar sostener unos servicios públicos de calidad; y en segundo lugar para asímismo redistribuir la riqueza a través de estas mismas prestaciones públicas.

La Administración Local está muy necesitada de una financiación coherente. Es todavía hora de que se acometa una descentralización administrativa que se ha quedado en las regiones. Aunque este es un tema delicado, vistos icebergs de fraude y malversación como el caso marbellí.

Pero siempre, con ocasión del IBI, me he preguntado si ya que es un impuesto destinado a la dotación presupuestaria de los entes locales, para luego permitir todos los servicios municipales; entonces ¿cómo contribuyen los residentes no titulares de inmuebles a la dotación de estos servicios?. ¿Sólo descansa el sostén municipal en los propietarios?.

Esto me hace recordar la famosa polémica en el Reino Unido (con Margaret Thatcher) y su celebrado Poll Tax. La verdad que era un impuesto fijo por adulto residente. No, no quiero ir por ahí. No es que paguen todos los residentes, sino como en la imposición directa de la renta, los que superen determinado nivel de ingresos sean o no propietarios. Se me antoja más justo y progresivo que un sistema como el actual donde pagan los propietarios con independencia de sus ganancias netas anuales. Es decir: los gastos municipales los debe pagar todoquisqui que reside en un municipio en atención a sus ganancias netas anuales.

Le he echado un vistazo a los programas electorales de PSOE, PP e IU. El programa más detallado es el del PSOE. El de IU el más escueto; nos habla de mayor presión fiscal para las rentas altas y las plusvalías (pero no concreta nada). El PSOE dedica mucha más extensión. Se plantea reducir el IRPF actuando sobre la tarifa y los mínimos exentos; simplificar Sucesiones y Donaciones y eliminar Patrimonio (sorprende en un partido de izquierdas). Eso sí; nos anuncia tributación medioambiental (¿ecotasas?) y se desliza en vaguedades en el tema de la financiación local. A medio camino de profuso (lo que me parece inconcebible ya que estos chicos van de sobrados en los económico) va el programa del PP. Nos manifiesta que quedarán fuera del IRPF los que no superen los 16.000 euros. Y nos dicen dos cosas que nos suenan a gloria: Reducir los impuestos sobre la vivienda y elaborar una Carta de transparencia fiscal donde se detalle lo que cada uno paga por una parte y el coste de los servicios individualizados que percibe. Sí señor; esto es ciudadanía y pedagogía tributaria.


viernes, 1 de febrero de 2008

Ataraxia ante el período electoral.

Estaba yo estos días rondando una entrada sobre las próximas elecciones; en particular acerca de la idea de que debiera primar un ejercicio de responsabilidad a la hora de votar (votar en blanco incluso) más que un llamado emocional que limita mucho la propia reflexión; aunque a la mayoría nos impelen a que nos llevemos por nuestras sensaciones y dejemos a un lado la razón.
En esto irrumpe la Conferencia Episcopal Española http://www.conferenciaepiscopal.es/actividades/2008/enero_31.htm y nos habla de este señalado ejercicio de voto responsable que debe orientarse a la luz de nuestro compromiso moral; todo ello sin perjuicio del respeto a los demás pero con libertad de opinar; porque todos los cristianos estamos llamados a cohonestar programas y fe; cohonestación que también alcanza a cada partido y a cada dirigente. Sólo así, desde la reflexión responsable, será posible una auténtica democracia.....
Parece que lo que ha levantado más ampollas ha sido el pasaje referido a que una sociedad que quiera ser libre y justa no puede reconocer explícita ni implícitamente a una organización terrorista como representante político de ningún sector de la población, ni puede tenerla como interlocutor político.
Tal ha sido la urticaria que el Comité Ejecutivo Federal del PSOE http://www.psoe.es/ambito/saladeprensa/pressnotes/index.do?action=View&id=174139 no ha dudado tachar de inmoral lo que estiman es una utilización del tema en clave electoral; y añadiendo que tal argumentación es hipócrita y malintencionada.
Yo os confieso mi perplejidad ante tal respuesta.
Ninguna formación política contiene en su totalidad el mensaje evangélico ha dicho el portavoz episcopal.
Por aquí -sin más añadidos- iba mi idea inicial de entrada. Y es que la realidad de la fe no puede identificarse con una manera concreta de pensamiento, ni siquiera con un sistema filosófico, ya que ninguna palabra humana es capaz de apresar todo el contenido de verdad encerrado en el logos divino. Así nos lo ha dicho un brillante teólogo (Olegario Glez.). Logos que se apoya en toda una serie de documentos escritos (anteriores incluso a la venida del mismo Jesús histórico). Documentos -sigue Olegario Glez.- cuyo contenido necesita siempre la exégesis de su tiempo, ya que cada generación histórica debe sentirse traspasada por su significado siempre actual; debiéndose ser este logos permanentemente interpretado, aunque esta creatividad no debe traicionar lo recibido.
Vivimos en un tiempo descarnado, trivial y brutal, donde nadie confía ya en grandes promesas morales; y sin embargo anhelamos la justicia y la paz. Y las recomendaciones y orientaciones son legítimas porque la fe para los cristianos está en medio de la historia y del tiempo y no puede ser encapsulada. No son posibles los guetos. Porque la fe en su expansión a la esfera pública es un llamado de atención a imponernos límites y baremos en nuestro actuar.
Las reflexiones racionales desde la fe son completamente legítimas y debidas. Siempre respetando el entorno democrático pese a que lo entendamos injusto e incluso perverso en algunas de sus concreciones, y por ello criticarlo y procurar convencer de nuestros fundamentos éticos a la menor oportunidad posible.
Hoy en http://www.abc.es/20080201/opinion-la-tercera/chimpances-stalin_200802010338.html Valentí Puig en un magnífico artículo titulado Los chimpancés de Stalin nos habla de como algunos están empeñados en saltarse todos los límites. De los retos cada vez más acuciantes que tenemos de frenar nuestras peores pesadillas cada día más presentes por los empeñados en tratar a los hombres como objetos y no como personas (tecnociencia y clonación).

lunes, 14 de enero de 2008

Terminó la VIII Legislatura. Termópilas.


Terminó la VIII Legislatura de nuestra actual democracia. Un periodo que lo he visto entre el despropósito y la crispación. Porque la falta de sentido es la que explica en gran medida la irritación o exasperación global. Un ejecutivo desatinado a sabiendas a la hora de encontrar consenso con el principal partido de la oposición en temas clave: política exterior, estructura territorial, terrorismo, derecho de familia y educación. Un gabinete que se cree con el único discurso posible y que anatemiza a agentes y organizaciones sociales con gran respaldo sociológico por plantear una cosmovisión distinta, errada o no.
A todo esto el Tribunal Constitucional todavía pendiente de resolver importantes recursos de inconstitucionalidad sobre temas estrella de esta legislatura.
Sin duda la cita electoral anterior (el 14-M precedido del fatídico 11-M) ha pasado a ser un ejemplo de libro; de los sensibles que son los procedimientos electorales (la democracia en suma) cuando las gentes se dejan llevar por lo emocional y no por lo racional. Porque lo razonable es no variar el voto pese a todas las coacciones terroristas que se padezcan (de hecho a los insignes gudaris se le ha abortado recientemente un proyectado y salvaje atentado tipo T-4 en el complejo de Azca en vísperas del 9-M).
Es comprensible que en la derecha conservadora se acusara el vuelco electoral, pero el ariete continuo ha erosionado algo más que al Gobierno y ha sustraido el foco de otros asuntos en los que nuestra derecha está plácidamente acomodada (aborto) sin vigilar con total escrupulosidad el cumplimiento de la actual legislación; siendo como es la propia Comunidad de Madrid la región donde se practican más mutilaciones, y donde son perfectamente concebibles abusos criminales paralelos a los de esos antros denominados clínicas ginecológicas de Barcelona.
Por otra parte el banderín de enganche de la movilización socialista es lo más parecido a un juego malabar: lo que pretendidamente puede ganar por un lado, ya es seguro que lo ha perdido por el otro: http://www.abc.es/20080114/nacional-politica/psoe-pierde-medio-millon_200801140308.html
El 9-M tenemos una nuevas Termópilas. Leónidas intentará evitar que las "tiaras" de los persas y las "mitras" de los cisios comandados por Jerjes pasen; pero quizá algún Elfiates ayude en esta tesitura.

jueves, 11 de octubre de 2007

12 de Octubre: Estos días azules y este sol de infancia.

Este 12 de Octubre celebramos nuestra fiesta nacional no sin controversias esenciales; porque básica es la divergencia sobre lo que somos, lo que hemos sido y lo que seremos. Los franceses son chauvinistas; nosotros parecemos empeñarnos en lo contrario. Nuestro sistema de libertades de 1978 permite -como no podía ser de otra forma- el desafecto crítico, porque considera que prima ante todo la libertad de la persona. Tal vez también sea Patria no sentir a la Patria o tal vez no sentirla ni entenderla de la misma forma. Existe una complejidad radical. Lo que es más grave es afear al prójimo su concepción. Estamos empeñados en imponer una visión sobre otra. Existe como una constante bipolar. Las dos Españas.
El 22 de enero de 1939 (ligero de equipaje) marcha hacia el exilio un hombre bueno que había conseguido sustraerse a esa orgía de sangre en aquel contexto feroz y cruel.
En la expresión de la que es su última foto en vida, se observa una faz descarnada y en particular un gran abatimiento y tristeza. Tiene 64 años y lleva consigo a su madre (Doña Ana) de 85 años que depende de él. El coche les deja en Gerona y apartir de aquí, estos dos ancianos tienen que pasar a pie la frontera. Cuando va a pagar un café en Francia se encuentra con que el poco dinero republicano que tienen no les vale. La primera noche la pasan en un furgón de un tren.
El Gobierno republicano les ofrece ayuda para instalarse en París, pero don Antonio no acepta; quizás viendo las privaciones e incomodidad de los miles de compatriotas con los que ha compartido travesía no lo cree debido. En Cotlliure son asistidos por la fraternidad de terceros, sabedores de la situación de completa indigencia en que se hallan.
En aquellas horas y días la aflicción por todo y por todos, únicamente se puede mitigar a través del refugio estético de la poesía.
Muere a los treinta días de haber iniciado esta diáspora y su madre le sobrevive apenas tres días más. Ambos no pueden resistir la pena. Sin embargo en el pliegue de uno de sus bolsillos se encuentran unos versos: Estos días azules y este sol de infancia. Una última mirada sin rencor a su entorno; donde es capaz de ver en el orden de la naturaleza un atisbo de esperanza frente al caos del espanto humano.
Siempre he tenido una predilección especial por un poema de su obra Campos de Castilla:

El mañana efímero
La España de charanga y pandereta,
cerrado y sacristía,
devota de Frascuelo y de Maria,
de espíritu burlón y de alma quieta,
ha de tener su mármol y su día,
su infalible mañana y su poeta.
El vano ayer engendrará un mañana
vacío y ¡por ventura! pasajero.
Será un joven lechuzo y tarambana,
un sayón con hechuras de bolero,
a la moda de la Francia realista,
un poco al uso del París pagano,
y al estilo de la España especialista
en el vicio al alcance de la mano.
Esa España inferior que ora y bosteza,
vieja, tahur, zaragatera y triste;
esa España inferior que ora y embiste,
cuando se digna usar de la cabeza,
aún tendrá luengo parto de varones
amantes de sagradas tradiciones
y de sagradas formas y maneras;
florecerán las barbas apostólicas,
y otras calvas en otras calaveras
brillarán, venerables y católicas.
El vano ayer engendrará un mañana
vacío y ¡por ventura! pasajero,
la sombra de un lechuzo tarambana,
de un sayón con hechuras de bolero;
el vacuo ayer dará un mañana huero.
Como la naúsea de un borracho ahíto
de vino malo, un rojo sol corona
de heces turbias las cumbres de granito;
hay un mañana estomagante escrito
en la tarde pragmática y dulzona.
Más otra España nace,
la España del cincel y de la maza,
con esa eterna juventud que se hace
del pasado macizo de la raza.
Una España implacable y redentora,
España que alborea
con un hacha en la mano vengadora,
España de la rabia y de la idea.



Foto autorizada por http://www.jesusheredia.com/ Cielo incandescente

"Como la naúsea de un borracho ahito

de vino malo........"

Y he elegido a propósito la persona de don Antonio y este poema, para comprender a todos aquellos que les mueve una radical honradez en su visión distinta de la Patria. Porque al fin y al cabo vivimos en la misma casa y debemos evitar el "mañana estomagante...".





domingo, 23 de septiembre de 2007

Nuestro reto penitencario. Nuestro hermano Caín.

El Sr. Rodríguez Salvador (conocido popularmente como el violador del Valle de Hebrón) podría haberse traslado a Andalucía tras su excarcelación; según lo mentado por "El Periódico de Cataluña".
Los polacos siempre nos envían a lo más distinguido de su exquisita sociedad. Me acuerdo de los prolegómenos de Barcelona 92 y de la rumorología de los mentideros acerca de la incentivación de los metropolitanos barceloneses por fomentar el turismo de las gentes excluidas hacia este gran Marrakech ibérico (Andalucía).

Al margen de este divertimento relativo a esta balanza de compensación interterritorial entre las distintas regiones de nuestro Estado; es lo cierto que la polémica ha estado presidida por retener en prisión a este hombre más allá de lo previsto por el sistema penal que lo condujo a prisión ( el código penal de 1973 y su sistema de redención de penas por trabajo).

El Código de Franco (1973) ha resultado ser más benigno, que si se le hubiera procesado y tratado con el Código penal de la Democracia (1975). Quiero apuntar esto para frenar en seco cualesquiera críticas referidas a achacar este estado de cosas al actual régimen político.

Distinguidos penalistas que podemos situar en algo tan difuso como lo progresista (Muñoz Conde); han hecho ver esta gruesa semblanza: de cómo nuestro código penal actual es más duro que el aprobado en los últimos estertores del antiguo régimen.

Este es un asunto recurrente. ¿En verdad el Derecho Penal es útil para resocializar al delincuente?.

Los marxistas entienden en su visión cuadriculada de la historia que su actual verdadera función es la de proteger la defensa de la clase dominante. Es cierto que el Derecho Penal contribuye a la conservación de ese Estado; pero digo yo que en función de la naturaleza de ese Estado variará aquello que como última ratio se pretende proteger conservándolo.

Para el idealismo filosófico la pena tiene una virtud ejemplarizante (intimidatoria) que sanciona la acción violatoria basada en el libre albedrío del criminal.

El materialismo filosófico pone énfasis en las causas y fenómenos que producen el crimen. Niega el libre albedrío. El derecho criminal socialista tiene por base el gran principio "científico" de la irresponsabilidad (determinismo o necesariedad del crimen dadas las condiciones que lo posibilitan) frente a la criminología burguesa. La teoría está muy bien; la realidad es otra. En el abyecto régimen soviético no existían propiamente cárceles o establecimientos penales, sino establecimientos de corrección por el trabajo; tampoco existían propiamente penas, sino intervención de corrección por el trabajo e ilustración cultural conseguida por medio de sanciones en libertad. No hay nada como un neolenguaje para encubrir la realidad.

Creo que el problema está en considerar la reinserción social como un absoluto. Sinceramente cuando el artículo 25.2 de la Constitución señala que "las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social..." lo que se dice es que en una sociedad civilizada el castigo más allá de su razón vindicativa (justicia) debe buscar la reparación moral del hombre delincuente con objeto de que tras el cumplimiento de su castigo evitar su recaida en el crimen (eficacia).

Pero hemos de preguntarnos si es posible reeducar y reinsertar a todo el universo de criminales. ¿Podemos reinsertar a un capo del narcotráfico?. ¿Podemos reinsertar a un terrorista?. El modelo rehabilitador tuvo su momento dorado en la posguerra europea. El filósofo Adorno -parafraseando a Kant- dijo que sobre el horror de Auschwitz se edificó un nuevo imperativo categórico. Se hacía así inexcusable, frente al espanto, un modelo garantista sobre lo criminal, que pivotará en torno a los derechos humanos. Consecuencias: Resocialización de los penados. Abolición de la pena capital y de los trabajos forzados. Vigilancia penitenciaria y Beneficios penitenciarios.

Sin duda cualquier espirítu sensible firmaría aquello de "nunca más el horror".

En la década de los 70 entró en crisis el modelo rehabilitacionista en los principales países de nuestra civilización (la única que ha creído en ello). Se dió paso a una liquidación del asistencialismo penal (EE.UU): políticas de tolerancia cero con el delito; esto se traducía en castigar severamente incluso delitos pequeños; para conjurar que el delito vaya a más. Pues bien; en este contexto de crisis de las políticas de reinserción se da traslado en nuestra Constitución (1978) del parámetro de la reinserción.
Los críticos de la criminología de la intolerancia (neoconservadora) achacan la actual delincuencia a la mutación del capitalismo (industrial a financiero); de la ecuación keynesiana (capitalismo renano) a la globalización donde inevitablemente se producen espacios de exclusión social. Entienden además que la propia crisis del Welfare (Estado social) lleve a recortes presupuestarios que inevitablemente pasará factura a sectores menos prioritarios desde un punto de vista popular (rehabilitación penitenciaria y su corolario el principio de individualización científica de la pena).
La doxa conservadora parte de una verdad objetiva: el fracaso del sistema penal y penitenciario; y propone una nueva óptica: las víctimas como prioritarias frente a los criminales. Propone un nuevo escenario punitivo.

No es ajeno a esto los fenómenos de delicuencia organizada (narcotráfico y terrorismo); imposible de atender con esa encomiable filosofía de la reinserción. Se produce así una paulatina emergencia de institutos excepcionales: leyes antiterroristas, reformas procesales, ampliación de poderes a las FCSE y creación de jurisdicciones especiales.

La doxa conservadora insiste: de la resocialización hacia la neutralización del criminal. Esto se ha traducido en dos filosofías convergentes en el Occidente más avanzado: tolerancia cero (EEUU) y emergencia de lo excepcional (Europa). Se preguntan con razón (y en esto se la dan los propios penalistas progresistas) ¿cómo una sociedad moralmente postrada va a ser el paradigma de ninguna resocialización?.

Llegados a este punto me corre un cierto escalofrío por el cuerpo. Yo que soy un conservador a la antigua estoy tentado de echarme en manos de esa política reformadora de los años 50 que conecta con la tradición liberal progresista y con el propio mensaje evangélico del perdón. Por otra parte confieso que lo descarnado del análisis neoconservador es una realidad que está ante nuestros ojos: la realidad de un fracaso. La duda me deja en el limbo.

En 1995 se aprobó por el último Gobierno del Presidente del Sr. González el código penal que sustituyó al predemocrático de 1973. En el debate en las Cortes Generales se suscitó el tema del cumplimiento íntegro de las penas a iniciativa del PP. Esto provocó que se aprobará sin el concurso del principal partido de la oposición; resultando paradójico que luego (tras ganar las elecciones de 1996) tuviera que aplicarlo.

Esta reforma redujo el máximo de prisión a 20 años; con la excepción de casos graves (25 a 30 años). Puso el máximo de cumplimiento en 30 años. Introdujo el criterio de descontar los beneficios penitenciarios (descuentos de estancia en prisión) no sobre el máximo o tope de 30 años; sino sobre la suma total de penas impuestas por diferentes delitos. Y con el desaparecieron las redenciones de pena por el trabajo ( que eran de un día de descuento por cada dos días de trabajo).

El propio Gobierno del PP en 2003 (ley 7/2003) reformó este Código en la idea que suscitó la original polémica en el momento de su aprobación (cumplimiento íntegro de las penas). Así con esta reforma no se podía acceder al tercer grado penitenciario hasta tanto no se hubiera cumplido la mitad de la condena. Se amplió el máximo de estancia en prisión a 40 años para delitos especialmente graves. Y se estableció que el cómputo de los beneficios se hiceran sobre el total de la pena.

Los críticos de lo progresita inciden en que estas reformas quebrantan el principio de individualización científica (tratamiento caso por caso de cada recluso) en virtud de automatismos legales (límite temporales taxativamente establecidos).

Pero estas mismas doctrinas progresitas son contrarias a las penas abiertas (medidas de seguridad sine die en función de la peligrosidad del criminal y sus previsiones de reinserción); siendo también contrarias a que la edad mínima de represión criminal quede abierta (y no fijada rígidamente en los 18 años). Ciertamente esto adolece de cierta incoherencia. La individualización también podría (debería) se utilizada: a) a la hora de infligir el castigo (hay mayores de 18 que son inimputables y menores de 18 -por su capacidad intelectiva- que sí son responsables criminalmente) y b) a la hora de consignar la pena o medida de seguridad en función de peligrosidad y consignación en establecimiento médico-penitenciario.

La noticia de la excarcelación del distinguido exdelincuente es un botón de muestra (tardío) de las consecuencias del diseño de una política penal y de tratamiento penitenciario que han sido preponderantes en la filosofía del derecho criminal de la posguerra. Seguramente henchidas de buena fe en el prójimo delincuente (en su regeneración); pero que se dan de bruces con nuestra realidad.

O cambiamos nuestra realidad o estamos abocados al fracaso rehabilitador y no nos van a quedar más opción que la crudeza de una severa represión.
P.D.: La foto es de Dª Concepción Arenal celebrada estudiosa del derecho penitenciario e impulsora de su reforma humanitaria inspirada en la dignidad de todo hombre; incluso de los penados.

sábado, 4 de agosto de 2007

Los constructores quieren lavarse la cara; pero no el alma.

Frente a una visión simplista que ve en Adam Smith (La riqueza de las naciones) un defensor del capitalismo salvaje; parece más cierto que estaríamos más bien hablando de un moralista que desea que la riqueza se refleje en un incremento en el nivel de vida del pueblo.

El propio A. Smith siente un recelo hacia los empresarios. Defiende el capitalismo, pero no a los capitalistas; éstos únicamente útiles en la medida que compitan ofreciendo bienes y servicios buenos y al mejor precio benificiando así a los consumidores; siendo el consumo el fin último de la producción.

A. Smith cree que los capitalistas tienen una tendencia a "conspirar contre el público" (una tendencia al monopolio).

Hoy estas reflexiones me las ha producido la noticia reciente relativa a que los "reyes del ladrillo" han pedido cita a Zapatero y Rajoy para lavar su imagen (http://www.elmundo.es/mundodinero/2007/07/30/economia/1185778635.html). Y lo primero que se me ocurre (con todo el respeto que tengo por el pluralismo político como valor democrático) es que ¡¡vaya lavandería que han escogido!!. ¿La lavandería política?. ¿La lavandería de la "ley de hierro de la oligarquía" (http://es.wikipedia.org/wiki/Robert_Michels).

Pásense Sres. por otras lavanderías con resultados más blancos: ONG y sociedad civil entregada a los demás. Un ejemplo, que conozco poco pero alentador, para que sepan por donde voy: http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=670 .

Aunque si bien se mira, si lo que se trata es sólamente de lavar la imagen y seguir con la misma alma ansiosamente ambiciosa de conseguir y mantener privilegios fingiendo que representan amplios intereses (¡y tan amplios!), estaremos en otra cosa.

La verdad es que están deseando seguir en su afán contra el interés general que comenzaron en los años 60 del pasado siglo provocando una legislación que no favoreciera el arrendamiento como solución habitacional (profesores Gullón Ballesteros y Díez Picazo en Sistema de Derecho Civil III). Buscaban la ganancia rápida de la venta, frente a la lenta del arrendamiento. La política del Estado desde Franco hasta hoy ha sido la de favorecer las pretensiones de ganancia fácil de los constructores. Han convertido un bien inmueble en un bien de consumo. Tanto ha penetrado esta filosofía en España que es impensable desde hace mucho tiempo concebir nuestra vivienda principal fuera del título de nuestra propiedad. Con ello hemos sacrificado muchos recursos que bien podríamos haberlos liberado a otros extremos. Hemos aumentado la demanda en propiedad y a pesar de ello tenemos más problemas de ubicar a jóvenes y otros sectores deprimidos en viviendas. Más que en cualquier país europeo. ¡Laven su imagen, claro que sí! Y de paso plantéense una solución de verdad: en la que ganen dinero, no tanto claro, pero solucionen estos problemas.

Miren su imagen es tan mala que incluso tienen que acudir a lavarse con la de los políticos (que precisamente tan poco la tienen muy buena). ¡Qué abyecta autoimagen deben tener Vds.!. Se han atrevido a no invitar a "El Pocero": ¿Vds. son distintos?.

Defendamos la economía de mercado; pero cuidado con los mercaderes y con sus ansias de crear un mercado a sus deseos y no al del beneficio de todos.

sábado, 21 de julio de 2007

¿Debemos de dejar descansar el honor los "Jueves" de cada semana?.

Una actuación (secuestro judicial de la publicación del semanario "El Jueves") obligada por nuestro propio ordenamiento ha desatado ríos de comentarios. El Fiscal que tiene a su vez el deber de instar la defensa de nuestra legalidad democrática no puede por menos que haberse visto constreñido a dar cumplimiento a lo señalado en el Código Penal :

Artículo 490.3 " El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son".


Artículo 491.1: " Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses".


Artículo 491.2: " Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona".

En un sistema democrático la crítica política puede ser todo lo dura que se quiera, siempre que sea respetuosa con el honor del criticado. En la viñeta origen de estas actuaciones cautelares no estamos ante una crítica política; porque la crítica si acaso se le hace al propio Gobierno en relación con su propósito de ayuda económica a las familias. Pero no es una crítica, es un pretexto cuyo verdadero objeto es denigrar e infamar a dos personas, que además son públicas y además forman parte de una realidad institucional protegida por nuestras leyes: la Corona.

La defensa del honor, dada la subcultura emergente, suena como fuera de estos tiempos nuevos, como un contrasentido. Sin embargo a poco que reflexionemos a todos nos preocupa nuestra imagen, nuestra credibilidad. Efectivamente el honor tiene un aspecto interno: nuestra radical dignidad como personas que si nos la arrebatan nos convierten en objetos; y otro externo: la fama, ya que comos seres sociales estamos necesitados de que se nos acepte en la civitas. Así, los ataques al honor son una brutalización de la convivencia. Son violencia y crean una situación de violencia y la alimenta y la hace más grande. Los totalitarismos empiezan precisamente desproveiendo de esta cualidad a los que luego se termina por etiquetar como subhumanos, enemigos del pueblo o más metafóricamente se les denomina ratas, carroña etc. Todos los lenguajes no es que retraten la situación de degradación del respeto mutuo, es que casi siempre esta subversión ha empezado por aquí.

La Fiscalía ha pedido o va a pedir que se amplíe el rastreo a todas las webs, porque se trata de aminorar precisamente el daño a este bien protegido. Me creo que va a ser difícil, aunque no imposible si se emplean a fondo. Lo más grave (con serlo) no es la publicación; sino una no sé si generalizada actitud que no asume este valor y se complace y solidariza en extender por otros medios la propia publicación. Pero me creo que no se acepta este valor según el caso y el contexto; sin embargo esta complicidad cede cuando lo que se pone en solfa son personas sobre las que existe cierta simpatía comprensible.

Bien; la dignidad y fama de las personas es algo anterior a nuestra simpatía o enojo hacia ellas. Por eso precisamente se les debe proteger y no denigrar e infamar; todos los días de la semana están vigente nuestras leyes y todos los días la fiscalía tiene el deber de impulsar la legalidad.

domingo, 15 de julio de 2007

Unos apuntes sobre nuestro sujeto colectivo: España

En el blog de Animal se ha hecho una reflexión a propósito de la unidad de España. Se pregunta el editor si esta entidad está en peligro de romperse; para seguidamente acusar de cierto alarmismo a ciertas posiciones de la actual realidad política. Pero el caso es que sobretodo desde el XIX hasta aquí estamos contiuamente mirándonos en ese ombligo denominado "ser de España".

¿Acaso nuestro ser es la consciencia de nuestra propia inseguridad en nuestro endeble vigor vital como sujeto colectivo?. Quiero dejar claro un principio: todas las instituciones políticas participan de un dinámica inexorable, porque nada hay estático. Pero esto no quiere decir que debamos consagrar como fotografía puntual de un momento el puro artificio.

Pueblo, Nación y Estado.

La historia política más que el DRAE nos puede ayudar a aclarar estos conceptos.

¿Pueblo?. Sería igual a unidad total del elemento humano de un estado (constitución USA). En la republicana española de 1931 se denomina así a la clase más modesta. En otros sitios se denomina así al cuerpo electoral. Hoy es la propia fuente de poder del Estado. En la constitución de la URSS sería la propia clase trabajadora. También los identificaddos con una Nación.

¿Qué no es Pueblo?. La muchedumbre. Para que exista el "Pueblo" hace falta la existencia de un vínculo (una comunión de seres hacia un fin común; la dogmática del anterior régimen acuñó la frase de una "unidad de destino en lo universal"; es cierto, pese a su origen). El es ante todo comunidad. Una Nación también tiene una serie de vínculos; pero el Pueblo ha existido desde siempre, existe por naturaleza (animal social). Pero no siempre ha habido naciones. Un pueblo se configura por un territorio y un linaje común; sin embargo no hace falta una etnia pura. También es decisivo la existencia de unos bienes culturales (confesión religiosa, lengua y cultura comunes. La religión es uno de los configuradores más importantes (Irlanda, Polonia). También las experiencias históricas comunes (el haber estado sometidos a una invasión o tiranía por otro pueblo). Todos estos elementos configuran el Pueblo. Cada individuo del Pueblo debe sentir su pertenencia (éste sería un criterio subjetivo frente a los anteriores que son objetivos).

¿Nación?. Sería el mismo Pueblo con una voluntad política. Y es que el Pueblo en sí es políticamente amorfo. Sólo cuando la conciencia de pertenecer al conjunto se transforma en una conexión de voluntad política estamos en presencia de la Nación. Osea: Pueblo + Voluntad política = Nación. Este elemento volitivo es lo fundamental del concepto Nación. Así pues, el Pueblo se convierte en Nación cuando toma conciencia de sí mismo.

Hay una serie de factores sociológicos que intervienen en el concepto de Nación. Las naciones son el resultado de un determinado proceso de comunicación social. Pero esto no quiere decir que aquí intervenga el azar; sino que el proceso es un aprendizaje, un conjunto de hábitos influidos por una comunicación; así por ejemplo en una determinada forma de llevar a cabo las relaciones comerciales; también la existencia de un enemigo exterior actua como catalizador nacional. La misma historia es un fenómeno nacional. Nuestra visión de la realidad histórica va a estar siempre mediada, distorsionada, por la Nación. Los mitos de la Nación son las gafas con las que mira la Historia.

En el XIX se empieza a distinguir entre Nación y Estado. Otra vez el Volkgeist.

Hoy en día el Estado es la personificación de la Nación.
Todo Estado tiene necesidad de Poder. No sólo bastan los elementos territorial y personal para que exista un Estado; se requiere además Poder; entendido éste como un vínculo ordenador de los habitantes y organizador de la vida en común dentro de un espacio físico acotado. Ninguna doctrina (al margen de los nihilistas sociales) concibe la posibilidad de un Estado sin el elemento del poder.
Osea: Pueblo + Voluntad Política = Nación. Nación + Organización política y jurídica = Estado.

Como podemos aplicar esto a nuestra realidad nacional. Vamos a ver.
Pueblo español: Existe una comunidad en parte de la Península Ibérica homogeneizada por toda una serie de experiencias históricas comunes, una lengua común que ha coexistido e incluso se ha impuesto sociológicamente sobre otras lenguas, un hecho religioso sociológicamente también nacional que ha sido el principal vector de unificación. Estos serían los criterios objetivos, entre otros muchos. Sin embargo nos encontramos con que el criterio subjetivo (la sensación de pertenencia) no es tan universal; pero ya no en las regiones que sienten un mayor desapego, sino incluso vemos como transversal (como algo no confesable sin sonrojarnos) este desapego. Me explico: La apología de lo español es considerado forzosamente de un determinado color político. Esta perversión forzosamente induce a tener un rictus antiespañol por aquellos que en modo alguno quieren que se le identifique con una concreta ideología. Cuando dejamos los datos objetivos y nos instalamos en preferencias surgidas de las filias y las fobias, es que estamos ante un problema del alma, de lo psicológico. Cargado de mucha irracionalidad o al menos, difícil de desentrañar desde la razón. Se impone la racionalidad; si somos capaces. Hoy la Nación es una y se ha cristalizado política y jurídicamente en la Constitución de 1978. Pero todo es contingente, claro, pero siempre desde la pregunta al Soberano; que es el conjunto de todos los ciudadanos de España.

La hora de nuestro sujeto colectivo.
Américo Castro y Claudio Sánchez Albornoz coinciden en algo respecto de esta cuestión inicialmente apuntada del "ser de España": la reconquista cristiana es fundamental. El symbolum de lo español comienza aquí según Castro o tiene aquí su minuto decisivo según Schez.Albornoz (aunque el también lo ve en lo premuslim y Animal y yo nos sumamos a ello -amigo ciertas compañías te van a traer problemas). Desde el siglo VIII existe una conciencia de ello. El cristianismo es el symbolum principal de esa tarea; es lo que une todas esas tribus norteñas y forma una catalizador singular atrayendo a más gentes que tienen como común denominador expulsar al invasor, recobrar el territorio y ser hombres libres al albur de la reconquista. Esto nos va caracterizar frente al feudalismo carolingio (sí presente como modelo en Cataluña). El aliciente para la conquista es la libertad. Seremos hijos de algo (hidalgos). Las ciudadades (los burgos) serán espacios de libertad (fueros); la denominada Castilla concejil (Schez. Albornoz). Muy pronto nos sentiremos autónomos. Creo que este sentimiento indómito nos va a acompañar hasta hoy (nacionalidades y regiones celosas de sus fueros). Y luego dicen que sólo existen fueros en Navarra y País Vasco; ¡pero si toda la Castilla concejil estaba llena de fueros, almas de Dios!.

La cristalización jurídica del ser de España.

La unidad de nuestra Nación es indisolube (art. 2), eso ha dicho el Soberano. Habrá que cambiar la Constitución y decidir una nueva ley fundamental si se está por un nuevo diseño. Como siempre los que no acepten esto se situarán en la ilegalidad y habrá que aplicarles las consecuencias de despreciar la voluntad mayoritaria; pues no vamos a pasar los muchos por lo que se les antoje a los pocos. Eso sí; habrá que garantizar un respeto a las minorías que se concretaría en el núcleo duro de los derechos y libertades individuales (derechos humanos).

Un primer excursus sobre la realidad nacional andaluza: Carta al nacionalismo andaluz.

«La identidad de un pueblo no la constituyen por separado ni su presente ni su pasado, sino la interrelación de ambos en una proyección hacía el futuro». Esto se lo leí a un nacionalista andaluz.

Es un concepto sugerente; esencialmente conservador. Y es esencialmente conservador porque la teoría del Volkgeist (espíritu del pueblo) que estalla en el pensamiento europeo (germánico fundamentalmente) en el XIX es la reacción conservadora frente al liberalismo napoleónico que quiere hacer tabla rasa de las tradiciones, de las diferencias, de "lo anterior", del "ancienne regime" (antiguo régimen).

Este es el primer toque de atención. ¿Cómo es posible que desde posiciones marcadamente mostradas como "progresistas" se conecte con esta tradición conservadora, tradicionalista del "volkgeist" que en su evolución cristalizará en el pensamiento referido a la "autodeterminación de los pueblos"?. Me resulta difícil de encajar. A no ser que todo este montaje de la "autodeterminación de los pueblos" no fuera un expediente más para desetabilizar las democracias burguesas. O a no ser que la autodeterminación se entendiera no conectada a "las diferencias contextuales históricas", sino conectada a la realización de hombres y mujeres en un mundo más perfecto. Pero, francamente, no puedo entenderla -desde una tradición progresista- conectada a maximizar un "pasado histórico" (que ya no es) y elevándola a rasgo diferencial.

Bien; en uno y otro caso es necesario ser críticos. No podemos admitir de manera "acrítica" estas construcciones ideológicas. Expresiones como la de denominar a nuestro Estado constitucional de 1978 como: "Andalucía está dividida administrativamente y de forma artificial en ocho provincias que conforman la denominada Comunidad Autónoma Andaluza, bajo dominación del estado opresor español". Sinceramente; no son de recibo. Cómo va ser opresor el Estado que ha sido sancionado mayoritariamente por el 88,5% de los votos en el referendum sobre su aprobación. Pero lo que me parece raro es hablar de: "Del yugo cartaginés a la conquista romana; crisis de esta cultura y a la revolución cultural e ideológica de Al Andalus". Yo no voy a negar que hubo presión militar cartaginesa, romana o cristiana; pero no puedo admitir que se omita hablar de la invasión del 711 y se hable en cambio de "revolución cultural e ideológica". Porque este "esplendor" como todos los "esplendores" venía con una punta en este caso de "alfanje"; un poco de seriedad amigos; en el 711 se completa en nuestra península una serie de operaciones militares de conquista que tienen su antecedentes en la conquista militar del norte de Africa. Conquista que obliga a hacer pagar tributo a los vencidos (la población hispano-romana gobernada por la nobleza visigoda). Sólo desde una postura como la del revisionista Olague cabe hablar de que la "invasión" no fue tal; sino una revolución ideológica y cultural. Nadie en la doctrina científica; nadie en la comunidad científica académica; nadie, excepto él, se expresa de manera tan inusual. Pero es que el propio sentido común; sin ser un entendido en historia, conlleva el que una presión de un pueblo sobre otro -en la antiguedad- solo era posible en función de una presión militar de conquista. Además; esa crisis de la cultura, hay que matizarla. Pues, precisamente, uno de los mayores esplendores culturales del Occidente europeo se produce precisamente en Sevilla en el siglo VII: Hablo de la obra enciclopédica de San Isidoro, Arzobispo de Sevilla; concretamente sus "Etimologías"; obra enciclopédica de veinte libros donde se compilaba todo el saber clásico.

Seguimos con analizando el "revisionismo" de Olague: "Es este un período donde se práctica en toda Al-Andalus, de forma muy acusada, la estrecha convivencia e inter-influencia entre los diversos grupos étnicos que poblaban su territorio, y que podían diferir en aspectos super-estructurales, como la religión, pero que participaban de una estructura cultural común de mediterraneidad. Además, la práctica de la solidaridad con otras etnias y pueblos no mediterráneos es otro dato importante que nos ofrece la historia. En definitiva es en esta época cuando la sociedad andalusí conoce su máximo esplendor" Si esto es así: ¿Por qué en las ciudades musulmanas existían "juderías", "barrios cristianos" y barrios musulmantes?; ¿Por qué esta segregación en esa apoteósis de la tolerancia?; ¿porque tenían que pagar sólo los dhimmíes (los no musulmanes ) la jizya (un tributo no aplicado a los creyentes musulmanes)?.

Un segundo excursus sobre el derecho de autodeterminación:
Daniel Webster en 1849 se dice que se preguntó retóricamente. "¿Secesión pacífica?; sus ojos y los míos, señor, están condenados a no ver jamás ese milagro". Viene a bien preguntarse si desde el punto de vista del derecho internacional público un pueblo es titular de un derecho de autodeterminación dentro del Estado. Una cosa es el voluntarismo, otra la realidad jurídica. Hoy ésta está por confirmar la integridad territorial de los Estados sobre cualquier otro valor. El derecho internacional es un derecho en el que prevalece primero el Estado y en un segundo plano estaría la Nación. Flota mucho en ello el uti possidetis. Esta nouvelle vague de la libre determinación de los pueblos está muy concretada; se la ha querido atar corto para que no de paso a nuevos neocolonialismos e intervencionismos de Estados hegémonicos interesados en jibarizar a Estados más débiles. Se quiere conjurar la balcanización. Tiene poco sentido que en pleno proceso del derecho internacional de la cooperación demos carta de naturaleza a un derecho internacional de la separación. Por eso las minorías no tienen ningun derecho consagrado a separarse dentro del Estado en el que están enclavadas. La resolución ONU 2625-XXV concluye a propósito del derecho de libre autodeterminación que "ninguna de las disposiciones contenidas ...(en su texto)...se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta cualquier acción encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente, la integridad territorial de los Estados soberanos e independientes. En el mismo decálogo de Helsinki (1975) se señala la prohibición de romper la unidad nacional y la integridad territorial de los Estados.
Dicho todo esto sí son verdad dos supuestos: La descolonización y el derecho de las minorías. En cuanto al primero, la declaración ONU 1514 (XV) declara el derecho a la independencia a los paises y pueblos coloniales (es decir los sujetos a fideicomiso y los no autónomos -en ese caso existe un Comité de ONU denominado de los 24 que es el que lo determina con arreglo a las resoluciones de Naciones Unidas). Nuestras tradicionales tensiones internas no están así calificadas. El segundo supuesto sería el de grave conculcación de los derechos humanos de las minorías dentro del Estado (tipo lo que ha pasado en Yugoslavia donde ha habido genocidio); entonces sí cabe abrir el melón de la separación precisamente para preservar a una minoria de su exterminio.
La autodeterminación sí se ha consagrado retóricamente en las constituciones del socialismo real. Pero bien sabemos lo que significa las constituciones en esos países de partido único: pura palabrería. Nos han dado sobradas muestras de como entendían la autodeterminación de Polonia (pacto secreto Ribbentrop-Molotov), de Finlandia, de Hungría, de las repúblicas bálticas, de Ucrania....etc. Así que no han tenido ningun valor; eso sí, lo han espetado a las democracias "formales" burguesas para intentar su desetabilización.
En nuestro debate constitucional hubo un turno clarificador acerca del binomio Nación-Nacionalidades. Así éstas últimas serían Naciones carentes de la vocación de devenir en Estados. Así que se aceptó al máximo nivel posible las señas de identidad. Hoy pareciera vista la deslealtad al compromiso inicial constituyente sobre este consenso bien habría que preguntar al Soberano y dejar tanto oportunismo de unos y de otros. Todos los poderes (los autonómicos también) emanan de la Constitución y se está desde hace tiempo jugando con que nacen de cada uno de los distintos pueblos; algo ajeno a lo que está convenido entre todos.

miércoles, 27 de junio de 2007

Estado y hecho religioso II

Lege data: Aconfesionalidad. Maniobra política de futuro: Laicismo.
En esta segunda parte se insiste en centrar la entrada desde una perspectiva jurídico-política. En el cómo se ha abordado por el legislador constitucional la cuestión religiosa. Voy a hablar del statu quo y a la vez de la operación política larvada desde el principio de la transición y abierta hoy de subvertir esta situación sin pasar por el trámite de reforma constitucional

Se trata por tanto de un apunte inicial desde una perspectiva jurídica. Pues bien; lo que nos dice el puro análisis jurídico de nuestra realidad es que nuestra Constitución conjuró el laicismo en aras de lo que en la doctrina científica constitucional se denomina aconfesionalidad o neutralidad. Si no gusta habrá que preguntar al Soberano (Nación). No vamos a permitir que unos nuevos déspotas ilustrados decidan la cuestión.

El artículo 16 de nuestra ley fundamental es clave; ya que refiere la libertad religiosa no sólo a los individuos, sino a las propias instituciones o estructuras donde se integra el individuo, como no podía ser de otra forma si se quiere ser justo con la realidad y la lógica de las religiones positivas. El derecho de asociación conectado con el de libertad religiosa nos llevan a esta conclusión.
De esto se deriva todo un corolario o constelación de derechos: culto (público y privado), enseñanza, información, reunión, manifestación pública, propagación de la doctrina (magisterio y apostolado), libre comunicación con otras congregaciones dentro y fuera de España.
Pues bien; lo social se ha cristalizado en lo jurídico. Para disgusto de los jacobinos y tranquilidad de la razón. Esta es la realidad del Derecho positivo. Y no podía ser de otra forma desde la perspectiva de la justicia. El hombre es un ser-con (dada su naturaleza social) que está incardinado en una red colectiva que le precede como antecedente espiritual. Lo cristiano, en concreto, no es un carisma individual, sino social; ya que lo institucional es un medio necesario para transmitir la fe.
El hecho religioso es asimilable al hecho político (Gustavo Bueno) puesto que ambos proponen normas. Es interesada su reducción a lo privado y el deseo beligerante de que no salga de allí. Las religiones positivas (las que no se han inventado como los experimentos de éticas recientes) son esencialmente públicas; no son magia. Son un hecho social con una pretensión política. Porque también aspiran a conformar las soluciones a los conflictos y por eso están en igualdad de posicion que las doctrinas políticas seculares; y nadie a no ser con un propósito de enemistad manifiesta o animadversión propone su reducción al liliput de lo privado. Se dan en la historia, para la historia y con el propósito de su renovación.
El laicismo es una doctrina más. Su esencia es el ateísmo. Por eso el Estado dejaría de ser neutral si la promoviese en exclusiva. El Estado debe poner en valor todas las doctrinas que no contravengan el núcleo duro de los derechos y libertadades fundamentales (tanto el ateísmo como las religiones positivas).
Hoy en España, de lege data, la cuestión religiosa está imbricada en el ámbito político. Otra cosa es la maniobra de desear cambiar esta situación en aras del anhelo laicista y reducirla a lo privado. Nuestro actual régimen es el de la laicidad entendida como aconfesionalidad; no es laicista. Aquél está por la cooperación; éste por la segregación del ámbito de lo público.
Existe una teoría discutida pero ilustrativa. La de la "identidad cultural", la del "substrato espiritual y comunitario" (Volksgeist). En cierto modo el moderno institucionalismo jurídico conecta en cuanto a la idea de "adhesión general". Luego la desarrollo; sólo la apunto ahora para encajar el siguiente párrafo. Viene a sugerir que en lo jurídico, que en lo político está imbricado lo social.
Uno de los pontífices del laicismo y su derivado el ateísmo (Puente Ojea) parte del llamado "teorema laicista" de Vinet para de ello extraer interesadamente las consecuencias que desea.
El teorema laicista de Vinet señala:
"Si la sociedad tiene religión es que tiene conciencia, ¿cómo prevalecería la conciencia del individuo contra la de la sociedad?. Sólo con su conciencia se enfrenta el hombre a la sociedad. Es imposible oponer soberanía a soberanía, omnipotencia a omnipotencia, imposible suponer que de todas las conciencias individuales y diversas resultaría una conciencia social...No, si la sociedad tiene conciencia, lo es a condición de que el individuo no la tenga, y ya que la conciencia es la sede de la religión, si la sociedad es religiosa, el individuo no lo es".
Precisamente un marxista enemigo declarado de lo religioso viene, en este ámbito (el de lo religioso) a desechar la existencia de una conciencia social. Curioso e interesado vaivén. Pero es que hoy (Goleman en la Universidad de Harvard) se habla de un término tan expresivo como "cerebro social" y de una neurona la llamada "célula fusiforme" que es una sinergia. Que, aunque en otro contexto, indica que cada vez que nos relacionamos hay un entrelazamiento de nuestros cerebros sociales.
Vuelvo a la teoría discutida pero ilustratitva del Volksgeist. Vendría a negar el meritado e interesado teorema. Antes que la conciencia individual:El espíritu del pueblo. Criticada por ser metaempírica, transcendental, mística, idealista. Pero estamos hablando de "conciencia común o convicción común del pueblo; siendo éste el sujeto real y no tanto los individuos. En la filosofía del Derecho es un tópico hablar del "espíritu de la Nación" (Montesquieu), del "espíritu nacional" (Voltaire); y en la misma filosofía no se puede comprender el hombre sin la "humanidad" (Hegel, Herder). El pandectismo germano llega a la conclusión de que es este espíritu el verdadero creador o causa del Derecho.
Todo esto traslada una idea: existiría así una necesidad inmanente en el que la religión, como las costumbres etc. actuarían a modo de hierofanía de esa conciencia colectiva.
El espíritu del pueblo es algo más que una yuxtaposición de conciencias individuales; tal cosmovisión vive y actúa en cada uno de los individuos (las conciencias individuales) actuando como su soporte cultural y lo que permite su socialización y llegar a ser tales conciencias. . Las conciencias individuales no son al margen de la conciencia social. Sin ésta no dejan de ser más que un agregado contingente..
Esta comunidad espiritual va en paralelo al lenguaje y éste es producto del pueblo, no del individuo (los niños ferinos privados de todo contacto con la humanidad sólo gruñen; no se le ha podido dar y ellos han podido recibir el lenguaje; ¿tiene conciencia?).
En su formulación extrema la teoría auna el mundo de lo muertos, de los presentes y de los hombres del futuro (Burke) a modo de comunión.
Es esta de la conciencia social una concepción holista-organicista. La conciencia social existe y es un todo con vida propia independientemente de las conciencias individuales de las que es soporte y matriz. Porque es anterior y superior. La degeneración de la teoría llevó a que en la Alemania nacionalsocialista se hablara de "sano sentimiento popular". Pero no caigamos tampoco en estas degeneraciones. Recuerdo la descripción de este blog de que "somos un holon".
Un hecho: El lenguaje no lo inventa el individuo. Tiene entidad propia porque tiene un desarrollo orgánico, al margen del designio individual (Humboldt).
La religión (al menos las positivas) tampoco la inventa el individuo (como de forma grosera se afirma); tiene entidad propia y se desarrolla al margen del designio individual. Forma parte de esa conciencia colectiva y debe tener su traslado en lo político; como así se demuestra en la regulación jurídica equilibrada que hace la Constitución de 1978.
Y no podía ser de otra forma: Porque la sociedad española le pese a quien le pese es mayoritariamente religiosa, y en concreto católica. Así lo atestiguan el que los "ritos de paso" (bautismo, comunión, boda y entierro) son mayoritariamente administrados por la Iglesia Católica.

sábado, 23 de junio de 2007

Estado y hecho religioso I



Confesionalidad, laicidad, laicismo y aconfesionalidad.



El sistema político de nuestra Constitución de 1978 ha introducido un nuevo sistema en lo referente al hecho religioso: la aconfesionalidad, neutralidad o laicidad justa.

Nuestra primera Constitución formal, la de 1812, se iniciaba con la siguiente proclamación: ...en nombre de Dios Todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo, autor y supremo legislador de la sociedad...afirmándose con posterioridad en su articulado que la religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera.... Este es el ejemplo de una constitución política confesional.

La Constitución republicana de 1931 fue laicista. La libertad religiosa la entendía confinada a lo privado y sus manifestaciones públicas debían ser en cada caso autorizadas por el Gobierno. Prohibía su auxilio económico no sólo público sino incluso privado. Prohibía asísmismo las actividades económicas a las congregaciones y el ejercicio de la enseñanza privada. Tenía amplia libertad para disolver las congregaciones; y de hecho disolvió la Compañía de Jesús.

La verdad es que en una sociedad pluralista el Estado no es el que profesa, sino los ciudadanos que se organizan dentro del Estado. Se pide que el Estado no sea beligerante con el hecho religioso, que sea neutral; ya que el Poder no estaría para reprimir las creencias de la sociedad, sino para facilitar su derecho a ejercerlas (como un derecho fundamental más incluido en la libertad de conciencia).

El término laicidad es susceptible de varios significados. Pues puede entenderse como aconfesionalidad (en los términos ya apuntados) o puede entenderse como laicismo. El Estado no es neutral cuando propone el laicismo; porque éste es una negación del hecho religioso con una pretensión de reducirlo al ámbito de la conciencia, de marginarlo de la vida pública. Se trataría de una ingeniera social que propone una ética inventada. Sería una ideología más o cosmovisión más y por tanto si se promociona por el Estado es en detrimento de las otras cosmovisiones (religiosas). Por eso afirmo que este Estado no sería neutral. Y es que el laicismo no es la única voz de la racionalidad.

Nuestra Constitución es aconfesional o neutral. Recepciona asímismo la Declaración de los Derechos Humanos de 1948 que consagra la libertad religiosa; con sus corolarios de libertad de manifestación individual y colectiva, tanto en público como en privado, a través de la propia enseñanza, el culto y su práctica. De tal forma que cualquier prohibición exhorbitante sería un incumplimiento de esta Declaración. Si se quiere cambiar este estado de cosas habrá que reformar (una vez más) nuestra ley fundamental.

Pero es que el hecho precede al derecho. Y es así. Ubi societas, ibi ius. Incluso desde la misma perspectiva tan poco sospechosa de objetivismo moral como es la del realismo jurídico escandinavo (Olivecrona), se señala que el derecho (lo jurídico) es sostenido por un hecho previo que consiste en la actitud psicológica de la sociedad respecto a ese hecho.

Hay un soporte fáctico o real de lo previsto por el derecho positivo (proposiciones sobre lo justo o injusto). Este soporte en esta cuestión es el hecho religioso. Pero llegados a este punto, ¿qué es el hecho religioso?. Es indudable que hasta ahora ha formado parte de nuestra historia y de nuestro presente. Es cultura (en sentido amplio). Lo cualitativo del neolítico respecto del paleolítico fue el culto a los muertos; a partir de aquí se abre toda una evolución sobre esto. La realidad social de España es que no son más los ateos o agnósticos, como lo demuestra el que las familias mayoritariamente apuestan por la enseñanza de la religión.

Lo que nuestra Constitución aconfesional (laica en sentido justo) que no laicista establece es: la libertad de conciencia, lo aconfesional, la libertad religiosa con el único límite del orden público, la cooperación de los poderes con las Iglesias, los derechos de asociación, de reunión, de ordenación interna de las Iglesias (régimen del sacerdocio), el magisterio y el apostolado, la asistencia religiosa, la misma enseñanza religiosa, la objeción de conciencia y (por lo que respecta a la Iglesia católica) la propia regulación del matrimonio (canónico) dentro de la regulación básica estatal.

La libertad religiosa supone la no coacción por esta cuestión; la no discriminación por motivos religiosos.

Reitero nuestro texto constitucional de 1978 es neutral respecto de la religión; el Estado no tiene vinculación oficial con ninguna confesión; lo que no significa indiferencia, ya que debe favorecer lo religioso como un valor más del hombre y de la sociedad.

En conclusión; la laicidad entendida como laicismo no es democrática desde el punto de vista internacional (derechos humanos) ni interno (Constitución). No es que se deba tolerar a los ciudadanos creyentes; sino que por su misma condición de ciudadanos se les debe de facilitar el ejercicio (en sentido amplio) de sus creencias. El laicismo es una nueva forma de intolerancia.

martes, 12 de junio de 2007

Nuestra forma política: La Monarquía de todos.

No me suelen gustar los debates esencialistas, ya que se me antojan doctrinarios; jacobinos. En la Revolución francesa precisamente los jacobinos pretendieron construir una república secular, pero la acabaron convirtiendo en una forma de religión civil con sus dogmas, ritos, símbolos y prácticas, tales como una moral austera, un nuevo calendario, una particular música coral, nuevos templos, sacerdotes, mártires, fiestas y procesiones, y un cuerpo de misioneros armados de la fe revolucionaria.
Los jacobinos de ayer convirtieron la Revolución en una religión como lo hiciereron los nacionalistas y los socialistas con la nación y con la revolución.
Por ello no me gusta impartir doctrina política, porque con frecuencia supone alterar la realidad con objeto de que se acomode a la dogmática. La doctrina busca creyentes para su credo político. Esto sería teología política.
Es usual hoy tanto a un lado y otro de las posiciones políticas vigentes tener una actitud como condescendiente con la forma política denominada Monarquía.
Os señalo que mi enfoque va a ser antes que nada jurídico y centrado en nuestra realidad. Ya que me voy centrar en nuestra norma fundamental (Constitución). Precisamente el art. 1.3 dispone que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. Es a la hora de interpretar este artículo donde se muestra esa condescendencia señalada; consistente en decir que la Monarquía es un símbolo. Lo que pasa es que esta conclusión es harto cicatera; en primer lugar por minimizar "lo simbólico".
Símbolo es una palabra que viene del griego symballein un verbo que significaba concurrir, fusionar; se trataría de un rito antiguo: dos partes de una sortija, de un anillo o de una placa que se podían ensamblar entre sí eran los signos por los que se reconocía a los huéspedes, a los mensajeros, a las partes contratantes; así poseer una parte de ese objeto daba derecho a una cosa o a recibir hospitalidad. Symbolum sería así la parte que necesita de otra para ensamblarse, generando así reconocimiento mutuo y unidad. ¿Os parece poca cosa que una comunión de personas se sienta vinculada entre sí gracias a signos que les proveen de identidad, unidad y continuidad?.
En segundo lugar, por querer reducir la monarquía parlamentaria a ese aspecto únicamente simbólico. Y es que en Europa occidental esta institución ha permitido desenvolver el cambio político ( revolución sin sangre) a través de cauces jurídicos. Este fenómeno que en Inglaterra se diluye en la historia como práctica de un derecho consuetudinario se ha hecho en España en un período de dos años. He aquí una primera gran legitimación de la Monarquía en nuestro sistema. Ha propiciado el cambio político ( de una dictadura personalista a una democracia parlamentaria ) sin terror revolucionario; es decir, sin crímenes. Y esto porque en una sociedad pluralista los ciudadanos que no pueden encontrar el símbolo de la unidad común en un partido vuelven sus ojos a la Corona como representación de la unidad y la continuidad; ya que el Monarca aparece como la representación personal del Estado, que encarna, por la propia naturaleza del Estado, un principio de libertad frente a la lucha de intereses sociales. Los hombres del Gobierno son hombres de partido frente al Rey que se identifica con esa idea del Estado como garante del derecho, de la justicia y la libertad; por encima de las clases sociales y las oposiciones de intereses.
Por esto afirmo -con el profesor Sánchez Agesta- que la Monarquía en España no es ni una institución puramente representativa ni un residuo histórico que gravite con su pompa cortesana sobre la nación. Y menos es un freno para la democracia, sino que la experiencia demuestra que es la institución que ha hecho posible la estabilidad evolutiva de las democracias occidentales en aquellos países, como Gran Bretana, Bélgica u Holanda, que no han sido sacudidos por los vendavales de guerras, revoluciones o golpes de Estado.
Existe, además, un hecho importante: la Constitución de 1978 fue ampliamente aprobada. Así de los 17.873.301 ciudadanos que votaron; 15.706.078 votaron sí. En ese momento el total del cuerpo electoral era de 26.632.180 millones de electores. Esa fue la decisión soberana del pueblo español. La Monarquía fue el puente que permitió desconectar sin traumatismos el 18 de julio de 1936 con el 27 de diciembre de 1978.
¿Pero que poderes tiene el Monarca para justificar su magistratura?. Decimos que reina pero no gobierna. ¿Se entiende esta sutileza?. Volvemos al simbolismo y sin caer en la condescedencia de mirarlo como algo vacío, deberíamos ahondar más allá de la superficie. Estamos ante una magistratura imparcial (porque no toma posición por ningún partido), que permite la continuidad del Estado más allá de la vicisitudes del tránsito político del presente. Por eso la institución tiene que ver con la biología: continuidad, herencia; todo ello como garantía de estabilidad de las demás instituciones claves del orden constitucional.
¿Pero es esto justo?. La verdad es que así se ha establecido por la soberanía nacional ( existen también las monarquías electivas, históricamente ciertas monarquías germánicas y actualmente en nuestros días el caso más claro es el Pontificado donde se elige con carácter vitalicio). Actualmente, y relacionado con esta idea de justicia, asistimos a un debate, creo que menor, sobre su carácter discriminatorio referido a la prevalencia del varón sobre la mujer. Esta polémica sostendría que en la actualidad no sería justa por discriminatoria. Pero si se aborda sin pasión la cuestión, hay que indicar que el término discriminación no es en modo alguno sinónimo de injusto. Y es que la propia naturaleza de ciertas situaciones hacen necesario discriminar: así en materia de impuestos existe el principio de progresividad que obliga a pagar más a quien más gana ( ¿no es esta distinción, diferenciación o discriminación justa? ). La institución tal como se ha venido desenvolviendo exige una distinción o discriminación y esta es justa porque así lo ha plebiscitado el pueblo español (quien obviamente como Soberano puede reformar esta regulación).
Otro tópico haría referencia a su coste económico. Consultad la siguiente web: http://www.minefi.gouv.fr/ , que es la página del Ministerio de Economía, Finanzas e Industria de Francia; en ella, según datos del propio gobierno francés contenido en la ley de finanzas para 2006 (el equivalente a nuestros presupuestos generales del Estado) la dotación presupuestaria para atender los gastos de la Jefatura del Estado francés, es decir, al Sr. Presidente de la República francesa, ascienden a 32.4 millones de euros. Esto quiere decir que la forma política española (entorno a los 8 millones de euros) sale más barata que la forma política francesa. Pero, en todo caso, el argumento sobre lo caro es en sí falaz, interesado y demagógico, porque los presupuestos en los países democráticos los aprueba el parlamento. Es decir: la Jefatura del Estado será lo cara o barata que quiera el Parlamento.

Deberíamos hacernos las siguiente preguntas: ¿Es útil la Monarquía?. ¿Tiene sentido en la actualidad? ¿Tiene que ser para siempre?. La verdad es que esta Constitución ha deparado la mayor etapa de paz y bienestar en la historia de España. Y que tendrá sentido en cuanto cumpla una función. Y es que este debate es en sí formalista; ya que lo importante es si materialmente estamos en una democracia o en una autocracia. Y lo importante es que sepamos que no hay recetas únicas en teoría del Estado. Lo substantivo es un régimen democrático y con libertades y garantías constitucionales. Y, claro está, nada es para siempre; pero sí sería aconsejable tener la sabiduría y finura para elegir siempre lo más acertado.
Bibliografía: "Introducción al Cristianismo". Joseph Ratzinger. Ed.Sígueme. Salamanca. 2002. "Sistema político de la Constitución española de 1.978". Luis Sánchez Agesta. Editora Nacional. Madrid. 1981.